Según la Ley 6729 los afiliados efectúan sus aportes personales en categorías que se modifican a lo largo del tiempo, contando desde que se habilita la matrícula por primera vez, según la siguiente escala:
Categoría 1 Categoría 2 Categoría 3
Desde el 1° año al 3° año Desde el 4° año al 9° año Desde 10° año en adelante
Categoría 1.1 Categoría 2.1 Categoría 2 Categoría 3
1° y 2° año Desde el 3° al 5° año Desde el 6° año al 9° año Desde 10° año en adelante
La opción de vinculación progresiva es válida únicamente para profesionales matriculados que ingresan por primera vez al sistema jubilatorio a la Caja y se matriculan dentro de los dos años de recibidos.
Con respecto a esta opción tené en cuenta lo siguiente:
√ No olvides optar en forma inmediata.
√ Categoría 1.1 abonás el 25% sobre Categoría 1
√ Categoría 2.1 abonás el 50% sobre Categoría 1.
√ Los afiliados que adhieran a este beneficio deberán compensar su diferencia a partir del décimo año.
√ En caso de que el afiliado opte posteriormente por abonar una categoría mayor a la establecida deberá previamente cancelar el beneficio recibido.
Desde Mi Caja App
con la aplicación Mi Caja
Sorteo de smartphone para cumpleañeros y cumpleañeras
Seminario en línea
Solicitá turno para tramitarla
Vacaciones de invierno
Vacaciones de invierno
Disfrutá de las playas de Brasil
Conocé una de las maravillas del mundo
Una recorrida por distintos países
Disfrutá Bariloche