En el contexto actual derivado de la pandemia, el trámite de certificado de supervivencia queda temporalmente suspendido. Mientras se mantenga la suspensión del trámite los haberes serán abonados sin necesidad de esta constancia. Esta medida se toma para contribuir a que los jubilados y pensionados puedan mantener los cuidados sugeridos por los organismos de salud.
El Certificado de Supervivencia es una constancia de carácter obligatorio que deben presentar los jubilados y pensionados en nuestra institución.
La presentación debe realizarse una vez al año si el lugar de residencia es en la provincia de Santa Fe o cada 6 meses si se está domiciliado en otra provincia o en el extranjero.
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Prórroga en la presentación
Esquel, Perito Moreno, Chaltén y El Calafate
El Chiflón, Villa Unión, Tinogasta y Catamarca